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Tipos de excedencias que los funcionarios públicos pueden solicitar

Los descansos nunca están de más, incluso en el campo laboral. Las excedencias se encargan, precisamente, de otorgar a los trabajadores un tiempo fuera de sus labores, siempre y cuando los motivos estén justificados.

Los funcionarios de Tramitación Procesal o Auxilio Judicial no son la excepción, y si quieres convertirte en uno de ellos, te interesará saber cuáles son los tipos de excedencias que los funcionarios públicos pueden solicitar.

¿Cuáles son los tipos de excedencia?

Antes de mencionar los tipos de excedencia existentes, debes saber que se trata de una alternativa que las empresas ofrecen a sus empleados para ausentarse temporalmente de sus puestos de trabajo.

No importa si te estás preparando para las oposiciones de auxilio judicial o cualquier otra; es importante que conozcas cuáles son los tipos de excedencia por los que podrás optar.

Por interés particular

La excedencia por interés particular solo puede ser solicitada por funcionarios que hayan prestado su servicio por, al menos, los últimos 5 años.

El período mínimo de esta excedencia es de 2 años, y no recibirán retribuciones por el tiempo ausente. Tampoco serán computables los trienios, los ascensos ni los derechos en el régimen de la Seguridad Social.

Por cuidado de hijo

El máximo de duración de esta excedencia es de 3 años, y se otorga para el cuidado de sus hijos biológicos, por acogimiento o por adopción.

Esta excedencia comienza desde el nacimiento del infante o desde la resolución judicial, según sea el caso. En este contexto sí serán computables los trienios y los derechos de la Seguridad Social.

02_Tipos de excedencias que los funcionarios públicos pueden solicitar

Por cuidado de familiar

Los empleados pueden pedir la excedencia por cuidado de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad. Para ser exactos, se dará el permiso al empleado si su pariente no puede movilizarse por edad, accidente, discapacidad o enfermedad.

La duración máxima de este permiso es de 3 años, y sí serán computables todos sus derechos.

Por agrupación familiar

Los funcionarios que cuyos cónyuges residan en otra ciudad y tengan puestos fijos en administraciones públicas u organizaciones internacionales podrán optar por esta excedencia.

En este caso, no recibirán retribuciones de ningún tipo.

Por violencia de género

La excedencia por violencia de género no exige un mínimo de tiempo de servicios prestados, pues se otorga inmediatamente a las funcionarias afectadas.

En estos casos se reserva el puesto de trabajo por los primeros 6 meses, período que se puede prorrogar por 3 a 18 meses. Las retribuciones y los derechos computables dependerán de la antigüedad y de su cargo.

Por ataque terrorista

Este permiso tiene los mismos condicionantes que la excedencia de la violencia de género. Los afectados por ataques terroristas (tanto en el aspecto físico como psicológico) podrán solicitar este derecho sin tener un mínimo de tiempo en sus puestos de trabajo.

Los funcionarios de justicia pueden evaluar todas estas excedencias para solicitar la que mejor se adapte a sus condiciones.

Sin duda, un tiempo fuera de la administración pública no está de más si es por los motivos mencionados, así que en su momento podrías aprovechar estas excedencias.

diciembre 18, 2020

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